Autor Tema: ¿Luces de día?  (Leído 8588 veces)

Desconectado Pablo

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¿Luces de día?
« en: Febrero 25, 2021, 18:15:29 pm »
Me he fijado que da igual si tengo el interruptor de las luces encendido o apagado. El faro está igual, siempre todo encendido (menos la larga claro) ¿Esto es normal?
  
  

Desconectado forozontes

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #1 en: Febrero 25, 2021, 19:22:42 pm »
Diria que no, almenos en las 310 no es así, si tienes apagado el interruptor, solo se iluminan las de dia, si lo activas se iluminan las de dia y la corta, y despues con otro interruptor pones las largas.
Echa un ojo al manual, a ver como deberían activarse las luces y si en la G es normal. A ver si otro usuario con la G nos dice como le funcionan a él.
  
  

Desconectado Angel

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #2 en: Febrero 25, 2021, 21:03:42 pm »
En mi T2 es igual como indica forozontes también.
  
  

Desconectado jejesusu

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #3 en: Febrero 28, 2021, 18:00:54 pm »
Las luces de cruce son obligatorias en las motocicletas todo el dia, el botón de las luces es solo para encender la retroiluminación de las piñas, imagino que será por eso que no son seleccionables para apagar encender.
  
  

Desconectado Angel

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #4 en: Marzo 01, 2021, 00:23:03 am »
No se en tu G1-Scrambler (bonita moto por cierto  :D) jejesusu, pero en mi T2 de julio 2020 el interruptor de luces de la piña derecha apago o enciende la luz de cruce.
Con el motor apagado aunque la pongas en on o en off no hace nada, solo están encendidas las luces día, pero con el motor encendido si la pones en off se apagan las de cruce y se queda encendida sólo la luz día.
Y en la piña izquierda conmutas entre luz larga (carretera) y cruce.

Tienes razón en que en motocicletas es obligatorio circular con la luz de cruce siempre, pero eso no obliga a que no puedas apagarla, cosa que como te comento en mi T2 (y supongo que en todas, aunque no lo se, porque visto lo visto, zontes a veces modifica cosas sin mucho criterio...), si se puede hacer con el interruptor de la piña derecha.

Saludos.
  
  

Desconectado Pablo

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #5 en: Marzo 01, 2021, 13:15:53 pm »
Gracias por las respuestas. Lo pregunté a la marca, porque según el manual debería tener luces de de día y de cruce. Me dijeron que la opción está deshabilitada porque son obligatorias las luces de cruce también de día. Espero que no me fundan la batería.
  
  

Desconectado mikkemzd3

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #6 en: Marzo 01, 2021, 13:23:04 pm »
Claro es que en las motos es obligatorio la luz de cruce incluso de día por eso van las dos encendidas, las de día y las de cruce. Personalmente creo que deberían cambiar la norma porque al llevar las motocicletas luces de día debería de poderse circular con las diurnas como con un coche.
  
  

Desconectado forozontes

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #7 en: Marzo 01, 2021, 13:35:56 pm »
Claro es que en las motos es obligatorio la luz de cruce incluso de día por eso van las dos encendidas, las de día y las de cruce. Personalmente creo que deberían cambiar la norma porque al llevar las motocicletas luces de día debería de poderse circular con las diurnas como con un coche.
Pero esta norma es nueva? ya que con las 310 si se puede ir solo con luz diurna.
  
  

Desconectado Pol

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #8 en: Marzo 01, 2021, 19:55:24 pm »

Desde hace muchos años que en España es obligatorio la luz de cruce encendida en las motos.
Yo tuve una mato que al dar contacto, ya encendía las luz de cruce, no tenía interruptor para quitar luz de cruce.

Un saludo
  
  

Desconectado forozontes

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #9 en: Marzo 01, 2021, 20:18:25 pm »
Desde hace muchos años que en España es obligatorio la luz de cruce encendida en las motos.
Yo tuve una mato que al dar contacto, ya encendía las luz de cruce, no tenía interruptor para quitar luz de cruce.

Un saludo


Si la de cruce si, pero yo entiendo que él no puede quitar las cortas, con las 310 puedes quitar las cortas, e ir con la de cruce y diurnas. Supongo que tendrán una luz menos y la corta hace las veces de cruce.
  
  

Desconectado Pol

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #10 en: Marzo 01, 2021, 20:30:30 pm »

Luz cruce = Luz corta
  
  

Desconectado forozontes

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #11 en: Marzo 01, 2021, 21:24:28 pm »
Luz cruce = Luz corta
Es que yo lo entendia así.



  
  

Desconectado Angel

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #12 en: Marzo 01, 2021, 22:48:19 pm »
Tenéis razón que hace años que es obligatorio que las motos circulen con la luz de cruce o luz corta encendida.
Pero eso no obliga a nadie a que la moto no pueda apagarlas, eso lo decide cada fabricante.

Y os puedo asegurar que la T2 puedes apagar la corta (o cruce) y circular con la luz día solamente, que sea legal ??? pues no, pero la moto te lo permite.
Saludos.
  
  

Desconectado chipe2004

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #13 en: Marzo 02, 2021, 21:48:33 pm »
según tengo entendido y ademas se lo pregunté a la guardia civil, las motos nuevas que de serie traen luz de día están homologadas para circualar con ellas incluso de noche, lo que pasa es que de noche no ves un pimiento con ellas. Digamos que están homologadas como una luz corta más corta, no de posición por tanto se puede circular con ellas
  
  

Desconectado Angel

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Re:¿Luces de día?
« Respuesta #14 en: Marzo 02, 2021, 22:25:49 pm »
Correcto chipe2004.
Ante lo comentado en este post, hoy pregunté al departamento de homologaciones de la empresa y efectivamente me han informado que el 28 de octubre, la DGT lanzaba la instrucción 15/S-140 /V-112 mediante la cual ya no se puede multar a las motos que utilicen las luces diurnas como alumbrado ordinario para circular, así como aquellas que incorporan luces de posición naranjas. La citada instrucción dice lo siguiente:
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El artículo 104 del Reglamento General de Circulación establece lo siguiente:
“Deberán llevar encendida durante el día la luz de corto alcance o cruce:
a) Las motocicletas que circulen por cualquier vía objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial”.
La finalidad que se pretende con la obligación prevista en el artículo 104 a) del Reglamento General de Circulación para las motocicletas, de utilizar la luz de corto alcance o cruce durante el día, es la de hacer más visible el vehículo para el resto de los usuarios de la vía. Precisamente, la luz de circulación diurna se ha fabricado para cumplir de forma específica este objetivo.
En consecuencia con lo expuesto, no procede formular denuncia a las motocicletas que de acuerdo con el artículo 104 a) del Reglamento General de Circulación están obligadas a llevar encendida la luz de corto alcance o cruce durante el día, si tienen activada la luz de circulación diurna. Esta excepción sólo se aplica a los supuestos de circulación diurna en condiciones adecuadas de visibilidad, en el resto, seguirá siendo necesario circular con la luz de corto alcance o de cruce.
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Creo que no hace falta entrar en detalles ya que los motivos están perfectamente explicados. El mejor ejemplo, las GS nuevas que circular con la luz día. Por lo tanto, tenéis una moto dotada de luz diurna, la podéis usar sin ningún problema y de forma cien por cien legal.

Saludos cordiales.