Luces "antiniebla" 368g

Iniciado por daniloshiko, Octubre 08, 2024, 21:50:07 PM

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Pericotrino

Perdón, para nada he discutido lo que has señalado y es evidente que esa no es mi intención, no comprendo como lo puedes ver así... todos aportamos datos que todos podemos aprovechar... así lo veo... no más.
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Exitus

Pues con la my26 se acabó el debate. Sólo trae la luz antiniebla en blanco.-
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jorge sanchez

Buenas tardes. A mi me han pasado la ficha reducida, donde aparece un
número (¿de homologación) por si os puede dar alguna luz.

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Pericotrino

Cita de: jorge sanchez en Junio 19, 2026, 18:28:16 PMBuenas tardes. A mi me han pasado la ficha reducida, donde aparece un
número (¿de homologación) por si os puede dar alguna luz.



esa ficha es un tongo que repartió turbimot, basta con que veas que la homolación que dicen que es del antiniebla es la misma que la de la luz porta matrícula, la ficha reducida la puedes descargar del ministerio de industria de acuerdo con el número de homologación que tenga tu moto, estan por aquí, lee post anteriores y esta bastante claro.
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lapersona81

Buenas, en la Ficha Técnica debe aparecer que la moto tiene luces antiniebla delanteras. Cuando pasemos la ITV, a muchos le saldrá desfavorable por ese motivo. Zontes España debe emitir un informe particularizado para volver a la ITV y que nos anoten las luces antiniebla en la Ficha Técnica. Con el coste y la molestia que conlleva. Otra opción es que Zontes España haga un informe generalizado y lo presente al Ministerio para que ese trámite lo pueda hacer la ITV en el momento de la inspección. Hasta que no se anote en la Ficha Técnica, nos pueden multar por llevar unos dispositivos de alumbrado adicionales sin anotar en la Ficha Técnica. Es una reforma tipificada en el Manual de Reformas del Ministerio en el punto 9.1 de la sección II.
El sentido común no es nada común...
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Hugo

Cita de: lapersona81 en Agosto 09, 2026, 12:58:28 PMBuenas, en la Ficha Técnica debe aparecer que la moto tiene luces antiniebla delanteras. Cuando pasemos la ITV, a muchos le saldrá desfavorable por ese motivo. Zontes España debe emitir un informe particularizado para volver a la ITV y que nos anoten las luces antiniebla en la Ficha Técnica. Con el coste y la molestia que conlleva. Otra opción es que Zontes España haga un informe generalizado y lo presente al Ministerio para que ese trámite lo pueda hacer la ITV en el momento de la inspección. Hasta que no se anote en la Ficha Técnica, nos pueden multar por llevar unos dispositivos de alumbrado adicionales sin anotar en la Ficha Técnica. Es una reforma tipificada en el Manual de Reformas del Ministerio en el punto 9.1 de la sección II.
Estás muy equivocado... las luces auxiliares (o cualquier otro elemento) se ha de incluir en la ficha técnica normal (la que llevas en la moto) cuando no vienen de serie y los montas tú a posteriori.

Cuando los faros auxiliares vienen de serie (o cualquier otro elemento) han de venir reflejados en la ficha técnica reducida.

Esa ficha técnica la tienen en la ITV y tú mismo o la policía, tiene acceso a ella desde la web del ministerio de industria.

Y en la ficha técnica reducida de la Zontes 368G, vienen perfectamente reflejados los faros auxiliares y las barras de protección laterales.

Por lo que en la ITV no te pueden tirar para atrás por eso.

Y si te multan por desconocimiento del agente de turno, basta con recurrir la multa aportando la ficha técnica reducida.

Yo la tengo impresa y la llevo junto a la documentación.
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lapersona81

Cita de: Hugo en Agosto 09, 2026, 13:19:13 PMEstás muy equivocado... las luces auxiliares (o cualquier otro elemento) se ha de incluir en la ficha técnica normal (la que llevas en la moto) cuando no vienen de serie y los montas tú a posteriori.

Cuando los faros auxiliares vienen de serie (o cualquier otro elemento) han de venir reflejados en la ficha técnica reducida.

Esa ficha técnica la tienen en la ITV y tú mismo o la policía, tiene acceso a ella desde la web del ministerio de industria.

Y en la ficha técnica reducida de la Zontes 368G, vienen perfectamente reflejados los faros auxiliares y las barras de protección laterales.

Por lo que en la ITV no te pueden tirar para atrás por eso.

Y si te multan por desconocimiento del agente de turno, basta con recurrir la multa aportando la ficha técnica reducida.

Yo la tengo impresa y la llevo junto a la documentación.

Cuando empiecen a pasar ITV se verá... Según el RD 750/2010 que es por el que se regula la emisión de las Fichas Técnicas actuales, se indica que en el apartado "Opciones incluidas en la homologación de tipo", deberán reflejarse todos los elementos no obligatorios instalados de origen y que estén en la homologación. Pero bueno, el tiempo dirá...

Un saludo!
El sentido común no es nada común...
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Hugo

Cita de: lapersona81 en Ayer a las 19:34:10 PMCuando empiecen a pasar ITV se verá... Según el RD 750/2010 que es por el que se regula la emisión de las Fichas Técnicas actuales, se indica que en el apartado "Opciones incluidas en la homologación de tipo", deberán reflejarse todos los elementos no obligatorios instalados de origen y que estén en la homologación. Pero bueno, el tiempo dirá...
Seguramente que tendrás coche y tendrás antinieblas de serie, ¿No?

¿Te vienen los antinieblas del coche reflejados en la ficha técnica?

Pues no, vero sí que vienen reflejados en la ficha técnica reducida.
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Hugo

Otra cosa muy distinta son los accesorios post fabricación.

Por ejemplo el kit Adventure que se vende para las motos BMW GS.

Tú compras la moto y eliges varios accesorios, como las barras laterales y los antinieblas.

La moto de serie no los trae, pero son accesorios que le puedes poner.

Y es ahí cuando hay que reflejarlos en la ficha técnica.

En el caso de la Zontes 368G son componentes de serie y no tienen que homologarse, porque ya se han homologado junto a la moto.

Todo eso viene reflejado en la ficha técnica reducida.
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